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Benjamín Burgos

Justicia de menor cuantía

Benjamín Burgos

 

      Resulta una verdadera satisfacción ofrecer a los lectores de este prestigioso medio un compacto de comentarios vinculados con nuestro proyecto que tituláramos “Ley de Creación de la Justicia de Menor Cuantía de Instancia Única en lo Civil y Comercial”.
      En efecto, en ámbito del concepto que para la justicia se tiene reservado el pensamiento predominante continúa auspiciando la orientación que sostiene la proporcionalidad, encontrando apoyatura esta manera de ver en valoraciones que enaltecen los principios de dignidad, libertad, seguridad, orden, participación en el bien común, igualdad ante la ley, también de oportunidades y la vigencia real del Estado democrático limitado por los derechos fundamentales del individuo
      En este punto estimamos natural preguntarnos ¿debemos permanecer como si ignoráramos que el Poder Judicial se encuentra saturado de expedientes y en ese universo de causa se contabilizan las que están demoradas por afirmarse que sus peticionarios reflejan planteos jurídicos de escasa incidencia social o económica, aunque no por ello se puede desconocer que el Estado, que monopoliza el servicio de administrar justicia, debe nomás atender? Evidentemente que no, y a esto apunta el proyecto que estamos presentando a consideración del pueblo de mi provincia.
      En efecto, la literatura anecdótica presenta un glosario de situaciones jurídicas que en gran cantidad de casos refiere a expedientes que fueron generados con apoyatura en problemas de escaso vuelo económico pero que a la vista de quien aparece damnificado constituyen, seguramente, un grave impacto en su persona y el núcleo que lo contiene, precipitándolos a litigar en una litis que se pierde en una maraña de trámites, postergaciones de audiencias, prueba que no llega a producirse, orfandad en impulso procesal de parte, carencia de recursos para mantener la instancia, etc., y que concluyen por descalificar y desacreditar el rol que al Estado moderno le atañe en la misión de impartir justicia.
      En atención a lo dicho, la ciencia del derecho procesal nos presenta un mosaico de juristas, de reconocido vuelo intelectual y práctico, que vienen postulando un sistema de soluciones rápidas para pequeñas causas que sin dejar de actuar en ámbito del concepto ciceroniano que asigna a la justicia el sentido de una “perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo”, transite por un procedimiento judicial breve, por montos que no superen los 15 salarios mínimos mensuales, o temas vinculados con la adquisición, utilización o disfrute de bienes, incluso los provenientes de leyes especiales tal como las de Defensa del Consumidor Nº 24.240, entre otras, que se verá impulsado de oficio, de modo sencillo y no costoso para resolver estas situaciones de la vida diaria, en un trámite que no tributará tasa de justicia ni será necesario el patrocinio de letrado, ante un juzgado unipersonal de instancia única, sin posibilidad de recusaciones sin causa que hacen peregrinar erráticamente a los expedientes de juzgado en juzgado, facultando al juzgador a fallar la contienda sin mayores dilaciones a poco de estar convencido que aplicándose a la prueba ofrecida y producida, esto puede lograrse con toda celeridad, sin descartar la utilidad que puede resultar de fijar una audiencia inmediata oral y pública que comenzará con la intención concreta del juez de propiciar una instancia conciliatoria que de por concluida la disputa llevada a juicio, o en su defecto pronunciará el fallo cuyo cumplimiento forzado, en caso de no ser acatada voluntariamente por quien perdió el pleito, estará a cargo de un juez de ejecución que será el propio magistrado instituido para ejercer el cometido del sistema de justicia de menor cuantía de instancia única en lo civil y comercial.
      En atención a lo sumariamente expuesto en esta elaboración, invito a mis comprovincianos a tomar partida en esta cuestión y auspiciar con su voluntaria decisión el proyecto de Ley de Creación de la Justicia de Menor Cuantía de Instancia Unica.






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